Los autos con patentes provisorias podrán salir del país

La resolución publicada en el Boletín Oficial obedece al retraso en la entrega de patentes metálicas y cédulas verdes. Cómo es el trámite y dónde se hace.

El Gobierno dispuso la creación del modelo de «Constancia de Documentación Dominial Asignada» que incluirá datos del dominio de un vehículo y de su titular, así como también la identidad de los terceros autorizados – a través de la aplicación Mi Argentina – para conducir el auto. De corresponder, también podrá incluir el número de placas provisorias. De este modo, los usuarios podrán salir del país con la patente provisoria.

La medida se volvió efectiva tras la publicación de la Disposición 408/2024 en el Boletín Oficial de la fecha. En detalle, la misma busca dar una solución integral para responder al retraso en la entrega de patentes metálicas y cédulas verdes, atribuida a las dificultades en la importación de insumos y la transición de responsabilidades de fabricación de Casa de la Moneda a nuevos proveedores.

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En detalle, la Disposición repasa las dificultades actuales de provisión de placas metálicas de identificación y cédulas únicas de identificación que, hasta hace un par de meses, era tarea de la Casa de la Moneda. Sin embargo, desde el Gobierno detallaron que «a lo largo de los últimos años, se ha constatado un reiterado incumplimiento por parte de Casa de Moneda S.E. en la provisión de estos elementos registrales».

De esta manera, la administración libertaria con el objetivo de «brindar una solución integral a la problemática planteada. La misma permitirá a las personas «circular con sus vehículos por todo el territorio nacional y por los países vecinos, con documentación registral cuya autenticidad pueda ser constatada por las autoridades de control de tránsito y de control aduanero».

Dicha constancia «incluirá los datos del dominio y de su titular, así como la identidad de los terceros autorizados por el titular registral a través de la aplicación Mi Argentina para conducir el vehículo de su propiedad y, si corresponde, el número de las placas provisorias otorgadas».

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Aquellas personas físicas o jurídicas que hayan adquirido un dominio con anterioridad a la publicación de la Disposición, y cuenten con una Constancia de Asignación de Título (CAT) podrán descargar la “Constancia de Documentación Dominial asignada” a través de los códigos oportunamente otorgados (Registro Seccional, número de trámite y número de control web).

Por otro lado, en caso de que el registrado no cuente con los códigos ya asignados, deberá solicitar el «trámite de Recuperación de Constancia de Asignación de Título (CAT)». Además, aquellas personas que nunca hayan contado con la CAT deberán solicitar la expedición de un duplicado de Título de conformidad.